por falla en el Servicio
-muerte
causada por vehículo oficial-
Señor
JUEZ
ADMINISTRATIVO DE..................
[u Honorables Magistrados
(TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE.................)
E. S .D.
................,
mayor de edad, con domicilio en la ciudad de
identificado con la cédula de ciudadanía No … expedida en .., abogado titulado, portador de
la tarjeta profesional No................... del Consejo Superior de la Judicatura, obrando en
mi condición de apoderado especial de la Señora........................ , quien además me ha otorgado poder en
representación de sus menores hijos .......... y .............. , según mandato adjunto,
en ejercicio de la acción de reparación directa que consagra el artículo 86 del
C.C.A., comedidamente llego ante el señor Juez [u
Honorable Tribunal], con el fin de solicitarle que, previos los trámites del
proceso ordinario contencioso-administrativo, surtido
con citación y audiencia del señor agente del ministerio público ante esa
Corporación y de la
Nación-Ministerio de Transporte, representada legalmente por
su ministro, doctor ............. , o
por quien lo reemplace o haga sus veces, en sentencia de mérito, se pronuncien
las siguientes
DECLARACIONES
Y CONDENAS:
Primera. El Ministerio
de Transporte, es administrativamente responsable de los perjuicios materiales
y morales causados a la señora ................. y, a sus menores
hijos naturales ................ y
................... , por falla o falta del servicio o de la
administración que condujo a la muerte al señor................
Segunda.
Condenar, en consecuencia, a la
Nación colombiana -Ministerio de Transporte-, como reparación
del daño ocasionado, a pagar a los actores, o a quien represente legalmente sus
derechos, los perjuicios de orden material y moral, subjetivos y objetivados,
actuales y futuros, los cuales se estiman como mínimo en la suma de .................. [O conforme a lo que resulte probado
dentro del proceso, o en su defecto, en forma genérica].
Tercera. La
condena respectiva será actualizada de conformidad con lo previsto en el
artículo 178 del C.C.A., aplicando en la liquidación
la variación promedio mensual del índice de precios al consumidor, desde la
fecha de ocurrencia de los hechos hasta la de ejecutoria del correspondiente
fallo definitivo.
Cuarta. La
parte demandada dará cumplimiento a la sentencia, en los términos de los
artículos 176 y 177 del C.C.A..
HECHOS Y
OMISIONES:
1o. El día...................... de...............de.......................
[año], al señor .................[occiso] le fue solicitada colaboración por el
señor ........................ ,
conductor oficial del Ministerio de Transporte, para que lo acompañara a la
vereda , a recoger tierra [arena], en la
volqueta de placas ............ , y le
ayudara a depositarla en el lugar del destino, la casa de habitación del
empleado oficial.
2o. De
regreso, después de realizar la labor arriba mencionada, el señor
............... viajaba en el
platón del volquete de las características anotadas, por decisión del conductor
oficial, sin ninguna medida de seguridad, y quien sólo decidía a quién
transportaba, cómo y dónde. Cuando el conductor del automotor trató de
adelantar a otro vehículo, ocurre el accidente en que perdió la vida el señor
...................., quien salió impulsado [expulsado] del platón del
automotor oficial, y al caer sufrió fuertes golpes que le causaron la muerte en
forma instantánea.
3o. El
vehículo de marras es de propiedad del Ministerio de Transporte; deducción
fundada en el hecho de portar placas oficiales, haber sido autorizada la
movilización del mismo por el jefe de talleres del citado Ministerio a un
empleado subalterno y conducido por éste en labores de transporte de tierra
[arena] para su casa de habitación.
El hecho de
que el accidente ocurriera en un día domingo, no es óbice para manifestar que
la referida volqueta prestaba servicio oficial y a pesar de que estuviera al
servicio particular de un empleado conductor, en día festivo.
4o. El
vehículo de las características. anotadas, al día
siguiente del accidente, fue conducido a los talleres de reparación de la
citada entidad oficial, estableciéndose que no estaba en perfecto estado de
funcionamiento y conservación, pues, permaneció diez (10) días en
reparación.
Además, en versiones extraproceso del conductor
oficial y otro acompañante [tripulante] en la cabina de mando o conducción, la
velocidad del volquete, al momento del accidente, era de sesenta (60)
kilómetros por hora; lo cual, a causa de las circunstancias en que viajaba la
víctima, no resulta prudente. Estos dos (2) aspectos, por sí solos, nos señalan
que no sucedió algo sobrenatural, o irresistible o imprevisible que pudiera
considerarse fuerza mayor o caso fortuito, o culpa exclusiva de la víctima,
sino que, al contrario, hubo imprudencia del agente del ente estatal al
movilizarlo en tales condiciones mecánicas y a la velocidad que le impulsó
[imprimió].
5o. En
consecuencia, el daño, es decir, la muerte de la víctima, resulta casualmente
relacionada con la falla, como se probará debidamente en el proceso, aunado a
las diligencias de necropsia, levantamiento del
cadáver, la presanidad del occiso, etc.
6o. El señor ................., al momento de ocurrir su
fallecimiento, contaba con treinta (30) años cumplidos de edad. Laboraba con la
[empresa o entidad] ..............., y devengaba un
sueldo básico mensual de $ .....................
7o. La víctima
hacía vida marital, en unión libre, con la señora
................ , aproximadamente desde díez
(10) años atrás, con notoriedad, continuidad y estabilidad.
8o. El occiso,
con su compañera permanente, durante la convivencia y comunidad de lecho,
engendraron
a
los menores..........y.............. ,
nacidos, respectivamente .................. y ................... [fecha], sin que
hasta la
fecha ninguno de los citados hijos haya cumplido los diez y ocho (18) años de
edad.
9o. La
víctima, dentro de sus posibilidades económicas, veía por la subsistencia de su
compañera permanente y de los menores demandantes, velando por su familia como
un padre y esposo ejemplar, con responsabilidad y consagración.
10. Para la
subsistencia de su compañera permanente y de sus hijos contribuía con la suma
de $ ................ mensuales.
11. Con la
muerte del senor ......................., tanto su compañera permanente,
como sus dos (2) hijos, se han visto perjudicados considerablemente, pues se
han lesionado sus intereses familiares con la falla de la administración que
compromete su responsabilidad. Por
tanto, procede
indemnización o reparación de los perjuicios materiales [daño directo -daño
emergente y daño indirecto- lucro cesante] y morales (subjetivos o pretium doloris y objetivados],
unos y otros actuales y futuros, que resultan de la irreparable pérdida de su
compañero y padre, que los ha sumido en profundo dolor y aflicción.
12. La indemnización de los perjuicios
causados [o resarcimiento de perjuicios] a favor de
............. ,en su condición de
compañera permanente y de los menores ....................... y
.................... , en su condición
de hijos, legalmente representados por su señora madre, se determinará en el
correspondiente acápite.
13. Como se ha
señalado en el libelo, y de acuerdo con la evolución del pensamiento jurídico,
a la compañera permanente del extinto.................. le es pleno el derecho
reclamado, pues, a contrario sensu, sería
materializar una aberrante injusticia, que no puede, no obstante los perjuicios
morales, sociales, religiosos o políticos, seguir imperando, ya que se trata de
la concepción de la familia en términos reales, justos y humanos, y no de la
atadura de la familia como creación artificial de la ley; y en ello el progreso
de legislación colombiana es evidente, por el avance jurídico del régimen de
las prestaciones sociales, deduciéndose que por el carácter de estable y
continua de la relación nace la reparación del perjuicio que causó la muerte de
su compañero, produciéndose la certeza del perjuicio y su consecuente
indemnización.
14.La señora .............. , obrando en nombre propio y en
representación de sus menores hijos ............ y
............ , me ha conferido poder
especial para el ejercicio de la presente acción.
FUNDAMENTOS DE
DERECHO DE LAS PRETENSIONES:
Con la culpa,
anónima de la administración se quebrantaron las siguientes disposiciones
superiores y legales:
lo.
Artículos 2 y 90 de la Constitución Nacional. El ente público, en el
caso sub examine, incurrió en responsabilidad de tipo
indirecto que se evidencia en la falla del servicio, en doble aspecto: primero,
por cuanto la administración dejó transitar en día feriado, para realizar
trabajos particulares, una volqueta oficial en mal estado de funcionamiento; y
segundo, el conductor, quien labora para el Ministerio de Transporte, al movilizar
la volqueta en tales condiciones, trasladando un pasajero en el platón sin
ninguna medida de seguridad y a alta velocidad, incurrió en imprudencia.
30 Según jurisprudencia
contencioso-administrativa, no es imprescindible emitir el concepto de la
violación; sin embargo, pecando por exceso, lo exponemos para hacer más
entendible la acción en su conceptualización, que en
el fondo puede complementarse con los hechos mismos de la demanda.
Los aspectos
tratados nos llevan a aseverar que en este caso se presentó lo que la doctrina
ha dado en flamar “falta de previsibilidad
de [o previsible”, al permitir la salida del vehículo en las condiciones
mecánicas reseñadas y porque el conductor oficial no actuó como debía hacerlo,
acaeciendo una falla del ente estatal, como está secuencialmente
señalado en los supuestos fácticos de la demanda.
Es
incuestionable, entonces, que el daño sufrido por el señor fue causado por una falla de la
administración, ligada también a la naturaleza de la volqueta misma, de propiedad
del Estado, y que la salida fue ordenada por un funcionario del Ministerio y
movilizada por un conductor oficial y bajo su vigilancia; factores que permiten
afirmar que estaba de servicio, vulnerándose así los derechos del señor , al no protegerlo en su vida, e
incumpliendo de esta forma los deberes fundamentales consagrados en la Carta Política.
Si un
estamento del Estado incumple el ordenamiento tutelar de los derechos
ciudadanos, es lógico que ello implica para él una
serie de obligaciones, que no se vieron acatadas en relación con la víctima y,
por ello, no protegió su vida. Estas faltas o fallas cometidas por la persona
de derecho público, son las que se deben corregir, porque los agentes de la
administración no procedieron como era su deber haberlo hecho.
Sea suficiente
el concepto que antecede para sostener con fundamento, que el hecho dañoso es
imputable únicamente al Estado, en cabeza de uno de sus órganos, sin que exista
causa exonerativa dc
responsabilidad porque el daño no se produjo por culpa de la víctima, ni por la
ocurrencia de una fuerza mayor o caso fortuito, que sirvieran de fundamento
para hablar con certeza del acaecimiento de un hecho imprevisible.
La forma como
ocurrió la muerte del señor ................ y las circunstancias de ésta, ubican la
responsabilidad, al configurarse los siguientes elementos axiomáticos:
a) El hecho
generador de la falla del servicio de la administración, plenamente establecido
con los argumentos que anteceden.
[
..........................................].
b) El daño
cierto, la muerte de la víctima, que implicó la lesión del bien de la vida,
protegido y tutelado por el derecho.
[
................................................]
c) La relación
de causalidad entre la falla del ente público y el daño cierto.
[
............................................... ]
Inequívocamente,
la actitud de la administración fue la causa eficiente del daño sufrido; en el
fondo, lo que se evidencia es la relación de causa entre la falla y el daño
causado, como se probará fehacientemente.
La
jurisprudencia del honorable Consejo de Estado es abundante cuando, al
desarrollar los principios atinentes a la responsabilidad pública, ha sentado:
“.... De ahí que bien puede predicarse que la responsabilidad del Estado se
desprende de la obligación que nace para éste de reparar los perjuicios
causados, bien sea a la sociedad o a uno de sus miembros, como consecuencia del
no cumplimiento, o del defectuoso cumplimiento o tardío cumplimiento de los
deberes fundamentales consagrados en la Constitución... Pero,
se repite, la responsabilidad estatal surgirá siempre que las autoridades
pudiendo y debiendo hacerlo para el caso específico dejen que se desconozcan
los derechos a la vida, honra y bienes de las personas residentes en el país
por parte de otras personas o cuando el mismo Estado vulnera tales
derechos...”.
2o. Artículo
86 del C.C.A. Estando el ente estatal investido de
potestad para regular y proteger la vida en sociedad, al no satisfacer ni
cumplir cabalmente su obligación constitucional y causa lesión o daño
determinado, como realmente aconteció en el presente caso, queda comprometida
su responsabilidad pública, naciendo la obligación concomitante de reparar los
perjuicios ocasionados con el incumplimiento de los deberes fundamentales que
le traza la norma supralegal.
[
......................................]
ANEXOS:
Me permito
acompañar los siguientes documentos:
1) Poder legalmente conferido por los
demandantes para actuar.
2) Registro civil de nacimiento del
señor.................... [occiso].
3) Certificado de defunción, de la Notaría ............. del
Círculo de ................
4) Acta de levantamiento del cadáver.
5) Certificado de necropsia
núm
............... , practicada al cadáver del señor .................
6) Registro civil de nacimiento de : a) La compañera permanente,
señora
.................; b) del menor ................... , y e) del menor .......................
7) Certificación original de vinculación
laboral, tiempo de servicios y sueldo básico devengado por el señor .............. , en la [empresa o entidad] ............. ,
expedida por ........................
8) Certificación del DANE sobre promedio de
edad en Colombia.
9) Certificación
de estudios de ................ [colegio, institución o
universidad], sobre matricula, gastos y mensualidad de la compañera permanente.
10)
Declaraciones extrajuicio de
............ y ..................
11) Recibos de
gastos funerarios.
[12) Otros] ..............................
13) Copias de la demanda, con los anexos
pertinentes, para el archivo de ese Juzgado [u Honorable Corporación], y los
traslados correspondientes a la entidad demandada y al señor agente del
ministerio público.
PRUEBAS:
Objeto de las
pruebas. El objeto de la prueba es démostrar los
mismos hechos de ¡a demanda. Con la evacuación de las
diligencias que más adelante se señalarán, se requiere probar las afirmaciones
fácticas de la demanda y el carácter cierto de ellas. La doctrina se ha
encargado de manifestar que en el proceso contencioso-administrativo “el objeto
de la prueba está constituido por los actos, los hech6s y lás
ciperaciones administrativas que dentro del juicio
deben verifiéatse o investigarse” [cursivas
nuestras].
Para que se
tengan como pedidas dentro del término de fijación en lista, comedidamente
solicito se decreten, practiquen y tengan las siguientes:
1. Documentales
a) Las que se
acompañan con la demanda, relacionadas en el acápite anexos, y las allegadas
con posterioridad.
b) Que se
oficie al jefe de archivo del Instituto de Medicina Legal
...........[dirección], para que con destino al proceso se remita copia
o fotocopia auténtica de la necropsia num. ..., o
autopsia practicada al cadáver del señor , [en forma
completa y legible].
[c)
..................................].
d) Que se oficie al Ministerio de
Transporte, para que con destino al proceso envíe copia o fotocopia auténtica
del expediente interno de la volqueta de placas
.......................
2. Testimoniales:
a) Se sirva citar al Despacho, previa
fijación de fecha y hora, a los
señores
................y ............, domiciliados en la ciudad de .................. y residentes
en ................... [dirección],
para que depongan sobre la presanidad de la víctima.
b) Que se fije
fecha y hora y se llame a declarar a .................. y
................ , para que
depongan y absuelvan el interrogatorio que oralmente les formularé sobre los
hechos de la demanda [vida marital, trato para con la compañera e hijos, etc.].
[e) ................... (declaración del conductor de la volqueta].
3. Las que el señor Juez [Magistrado
ponente] considere procedentes para un mejor proveer.
COMPETENCIA Y
CUANTÍA:
Es competencia
de ese Juzgado [o Tribunal), en primera instancia, por la naturaleza dé la
acción, por razón del territorio donde se produjo [o se realizó) el hecho, y
por la cuantía que se deriva de aquélla, la cual se determina de la siguiente
manera [C.C.A., arts. 132, num. 6°, o 134B, num. 6°, según
el caso, 134D, num. 2°, literal f)]:
Estimación
razonada
1. COMPAÑERA PERMANENTE:
A)
Indemnización causada:
1. Por perjuicios materiales:
1.1. Daño
emergente:
a) Gastos
funerarios ........................... $
..................
b) El señor .............. [occiso),
estaba sosteniendo y velando por la subsistencia de su compañera permanente,
obligación que está truncada por el acaecimiento del infortunado y lamentable
hecho, por lo cual la entidad demandada deberá resarcir el valor que con la
conducta imputada impidió se sirviera ésta, resultando, en consecuencia, un
interés legítimo que permite calificar el perjuicio como cieno y directo.
Tomando como
base desde la fecha de ocurrencia del hecho hasta la fecha de ejecutoria de la
sentencia o fallo definitivo [aproximadamente ........... meses]
............... $
...................................................................................
c) El hogar
del occiso tenía un pequeño negocio de víveres que atendía su compañera
permanente y que, por causa de la angustia y los impactos sicológicos sufridos
con motivo de la tragedia, tuvo que abandonar temporalmente por el lapso de [meses], lo cual ha repercutido en el
ámbito externo de su personalidad y de la productividad [el daño producido debe
probarse]. Se estima en .... $
.............................................
d) Por causa
de la pérdida de poder adquisitivo de la moneda, el daño [o perjuicio actual)
debe ser reparado en dinero de igual valor; por consiguiente, la suma de $ .........................deberá actualizarse de acuerdo
con la fórmula de las matemáticas financieras desde [la fecha de acaecimiento
del hecho) ................. y el período transcurrido
hasta la fecha de ejecutoria del fallo definitivo [un promedio de tiempo de
emisión de la providencia) ;$
.........................................
SUBTOTAL =
$ ..................................
1.2 Lucro
cesante:
a) Tomando como base la fecha del
acaecimiento del hecho hasta la
fecha de
ejecutoria de la sentencia .......................... $
.............................
b) Como el
dinero para la subsistencia debió ser percibido desde el día a que se contrae
el fallecimiento y la fecha de ejecutoria de la sentencia, se produce un
interés comercial [y de desvalorización de la moneda); resulta de esta
operación:
- Interés causado
[(desde el momento en que ocurrió el hecho)]................ al 31 de diciembre
del mismo año: 36% anual; 0.1% diario ... $ .........................
- Interés
desde el 10 de enero de 19 [año siguiente] hasta el 31 de diciembre de 19 [de
ese mismo año]: 33.81% anual; 2.80%
mensual
........................... $ .........................
e)
Indemnización futura [manifestación de lucro cesante por daño futuro]:
De no haberse
producido la muerte del señor , habría
sobrevivido, de acuerdo con el promedio de vida que certifica el Departamento
Administrativo Nacional de Estadística, DANE, hasta los sesenta y ocho (68)
años de edad y velado durante ese lapso por la subsistencia, sin que nada le
faltare a su compañera permanente, pues ésta era una obligación que estaba
cumpliendo y seguiría cumpliendo en virtud de su responsabilidad y consagración
y el carácter continuo de la relación o vínculo de pareja, resultando por tanto
un interés directo que nos permite calificar el perjuicio inequívocamente como
cierto.
[Establecida
la edad del occiso y de la compañera para liquidar la indemnización, se toma la
supervivencia menor]. La compañera permanente cuenta con
................. (....) años de
edad. Sobre la suma de $
..........................
mensuales
................. $ .......................
SUBTOTAL =
$ .............................
2. Perjuicios morales:
2.1
Objetivados:
a) La compañera del occiso estaba
estudiando, debidamente matriculada; cursaba [5° semestre de
........ en ........ ), y por el hecho u omisión imputados a la
administración, por carecer de los recursos que aquél le proporcionaba no pudo
proseguir sus estudios, esfumándose así las grandes y positivas esperanzas de
ayuda y sostenimiento que se desprendían, indudablemente, de ese lamentable
infortunio familiar [no es daño incierto]. Se estima en :
................ $ ......................
2.2 Subjetivos:
En mil gramos de
oro..................... $ ............................
SUBTOTAL = $
............................
RESUMEN DE
PERJUICIOS:
Materiales.................................... $
................................
Morales .................................... $ ................................
Indemnización futura
................... $
................................
* Indemnización total respecto de
la compañera permanente .......... $ ................................
II. Para los hijos menores:
A) Indemnización causada:
1. Por perjuicios materiales:
1.1. Daño
emergente:
[Se siguen los
derroteros trazados para la compañera permanente, y demás circunstancias ubicables o que ocasionen daño directo).
a)
................................................ $
...............................
b) ................................................ $
...............................
c) La
compañera permanente pagó durante este período los estudios para sus dos (2)
menores hijos, dinero que le fue prestado y que ha de devolver con intereses ........................... $
.........................
d) Por razón de la pérdida del poder
adquisitivo de la moneda. En consecuencia, la suma de $
...............deberá actualizarse de acuerdo con la fórmula de ¡as
matemáticas financieras desde ...................y el periodo transcurrido
hasta la fecha de la sentencia
$..............................
SUBTOTAL
= $
1.2 Lucro
cesante:
[Véase guía
trazada para la compañera y demás circunstancia txbícables
en daño indirecto].
a) Menor
[nombres y apellidos] ............ $
.........................
b) Menor
............................................ $
........................
SUBTOTAL = .................................. $
........................
2. Por perjuicios morales [subjetivos):
a) Menor .............. [en mil gramos de
oro) $
b) Menor .............[en
mil gramos de oro] $
SUBTOTAL =
............................
$ .........................
B) Indemnización futura:
[Desde la
fecha de ejecutoria de la sentencia y la que corresponda hasta cumplir la
mayoría de edad: diez y ocho (18) años].
a)
Menor.................de [fecha aproximada de la sentencia] .....................a la
[fecha) .............., en que cumple la mayoría de edad. Son ...................años,
meses.............y días ..........$ .....................
b) Menor .................. [con la misma guía de la contabilización anterior)
..................................................$
..................................................
SUBTOTAL ...................................... $ .....................................
RESUMEN DE LOS
PERJUICIOS:
1)
Menor..................:
Indemnización
causada................... $ ...............................
Indemnización
futura................................ $.................................
Indemnización
total.................................. $.................................
2) Menor ..............................................
:
Indemnización
causada............................ $ ................................
Indemnización futura .............................. $ ................................
Indemnización total ..................................$
................................
II. TOTAL
PERJUICIOS CAUSADOS, COMO MÍNIMO, A LA COMPAÑERA
PERMANENTE E HIJOS DEL OCCISO ..................... $
......................
DERECHO:
Además de las
normas que se han citado, invoco los artículos 136 -numeral 8°-a 139, 206 y ss. del C.C.A., y demás disposiciones
concordantes.
NOTIFICACIONES:
[Entidad
demandada], en
.......................................
[Demandante), en
.................................................
Para los
efectos del artículo 127 del C.C.A., notifíquese al
señor agente del ministerio público.
[Apoderado], en
................................................
Del Señor Juez
[o señores Magistrados]
Atentamente,
…
CC. No… expedida en....
T.P.
núm. .......... de C.S. de la J.
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