Área: Jurídica
La entrevista o testimonio de niños, niñas o/y
adolescentes víctimas de delitos contra la libertad, integridad y formación
sexuales, será medida de conocimiento en los procesos judiciales que adelanten
los jueces de la República.
Así lo estipula un proyecto de ley que tendrá tercer
debate en la Comisión Primera de la Cámara, mediante el cual se adiciona un
artículo al Código de Procedimiento Penal, sin perjuicio de lo establecido en
el Código de
la Infancia y la Adolescencia en lo referente a la práctica de
testimonios.
Aclara que “este testimonio procede para la entrevista
que es el mecanismo utilizado por la policía judicial en cualquier momento de
la investigación y hasta la audiencia preparatoria, para obtener información
inmediata y urgente sobre la ocurrencia del hecho delictivo”.
Igualmente “que el mecanismo procede también para el
testimonio, que es el que se rinde en la etapa del juicio o como prueba
anticipada de conformidad con el artículo 383 de la Ley 906 de 2004, Código de
Procedimiento Penal”, según el representante ponente Pablo Enrique Salamanca.
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